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El Consejo Superior de la UNCUYO ya sesiona de forma virtual

La nueva ordenanza fue aprobada este miércoles 10 de junio, por el máximo cuerpo de la Universidad, tras modificarse el reglamento del Estatuto Universitario. Funcionarán sesiones ordinarias y/o extraordinarias no presenciales, en línea con las políticas de aislamiento social.

11 de junio de 2020, 14:34.

imagen El Consejo Superior de la UNCUYO ya sesiona de forma virtual

El Consejo Superior de la UNCUYO ya sesiona de forma virtual.

El Consejo Superior de la UNCUYO ya sesiona de manera virtual. Es que desde este miércoles, 10 de junio, ya rige la nueva modalidad, aprobada por el propio Consejo, órgano máximo de decisión de la Universidad, que tiene la facultad de dictar y modificar su propio reglamento.

De esta forma, se aprobó el funcionamiento del Consejo Superior en sesiones ordinarias y/o extraordinarias no presenciales por medios virtuales a través de plataformas digitales durante el tiempo que se extienda las políticas de aislamiento social, preventivo y obligatorio por el nuevo coroanvirus.

La ordenanza aclara: "Tendrá vigencia hasta la fecha de finalización del aislamiento social, preventivo y obligatorio en todo el ámbito de la Provincia de Mendoza, ya sea que éste haya sido dispuesto por normas nacionales, provinciales o autónomas de esta Universidad".

En tanto, se habilita a los Consejeros Superiores de las Sedes de San Rafael y Bariloche a participar de las sesiones presenciales de Consejo Superior (Comisiones y Plenario) mediante videoconferencia, para el momento en que se reanuden las sesiones presenciales del mismo, según lo estable el Estatuto Universitario.

Asimismo, la nueva resolución reconoce la validez de las reuniones no presenciales, hasta ahora, de los Consejos Directivos de las Unidades Académicas que han venido realizándose hasta la fecha de la presente Ordenanza. Es decir, "sin perjuicio de reconocer la autonomía y potestad de sus respectivos Consejos Directivos para dictar e interpretar sus reglamentos internos de funcionamiento", según aclara.

En tanto, las sesiones y los turnos para hacer uso de la palagra será ordenado y previsto al inicio de la reunión. En cuanto a las votaciones en las sesiones virtuales serán en todos los casos nominales, pudiéndose optar por dos modalidades: de manera oral –para lo cual la Secretaría del Consejo Superior deberá habilitar el micrófono de los consejeros y consejeras a medida que sean nombrados para emitir el voto-, o excepcionalmente a través del chat con el que cuente la plataforma. Se deberá indicar solamente el número del dictamen o moción a la que se adhiere.

Pasada la pandemia, el reglamento autoriza a los consejeros y consejeras que residen en las sedes de San Rafael y Bariloche – al ser las sedes más lejanas de la sede del Rectorado- a participar de las sesiones presenciales del Cuerpo mediante videoconferencia, a efectos de evitar su traslado físico al Centro Universitario de la Ciudad de Mendoza.

Con respecto a la Facultades, en cambio, dada su autonomía académica e independencia en el dictado de sus propias normas internas -que gozan de validez en sus respectivas jurisdicciones-, corresponde a cada uno de los respectivos Consejos Directivos decidir cómo será su modo de funcionamiento.

Para más información acceder al texto completo de la ORDENANZA Nro. 16/2020-CS

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