La Capacitación en Primeros Auxilios y RCP fue organizada por la Dirección de Higiene y Seguridad, coordinada por Valentino Rallo Técnico en Higiene y Seguridad de la misma, y conducida por el Licenciado en Enfermería Marcelo Cárdenas, fundador de la primera escuela de RCP de Mendoza, quien a su vez se desempeña en zona este como jefe de Enfermería del Área Sanitaria de Rivadavia.
Orientado a fortalecer herramientas de actuación ante situaciones de emergencia, el encuentro estuvo a cargo de equipo especializado que brindó contenidos teóricos y prácticos vinculados a maniobras básicas de primeros auxilios, asistencia inmediata y procedimientos de intervención en emergencias cardiorrespiratorias. Las temáticas trabajadas fueron RCP y DEA en las que los más de 60 participantes realizaron prácticas de RCP utilizando maniquíes de entrenamiento, permitiendo aplicar de manera concreta las técnicas de compresión y asistencia necesarias ante una situación crítica.
Asimismo, se abordó el funcionamiento y la correcta utilización del equipo DEA, detallando sus formas de aplicación, protocolos de seguridad y la importancia de una rápida intervención para aumentar las posibilidades de supervivencia ante emergencias cardíacas.
La Reanimación Cardiopulmonar (RCP) es una técnica de emergencia que se utiliza cuando una persona deja de respirar o su corazón deja de latir, mientras que el Desfibrilador Externo Automático (DEA) es un dispositivo portátil que diagnostica y restablece el ritmo cardíaco mediante un impulso eléctrico. La aplicación oportuna de maniobras de RCP aumenta la probabilidad de supervivencia al 30%, y si se suma un desfibrilador en los primeros minutos, esta cifra asciende hasta el 70%.
La cadena de supervivencia se basa en pasos clave para maximizar las chances de recuperación:
- Reconocimiento y llamada: Identificar la pérdida de conocimiento, activar el sistema de emergencias y solicitar un DEA.
- RCP Básica: Iniciar compresiones torácicas fuertes y rápidas (100-120 por minuto) para mantener la circulación.
- Desfibrilación temprana: Usar el DEA lo antes posible (idealmente antes de 5 minutos) para detener arritmias letales.
- Soporte Vital Avanzado: Atención profesional y cuidados post-resucitación una vez llegada la ayuda médica.
En Argentina, la Ley Nacional N° 27.159 establece la obligación de instalar DEA y capacitar en RCP en espacios públicos y privados con acceso masivo, como colegios, clubes y gimnasios, para prevenir la muerte súbita de origen cardiovascular.
Sobre la normativa
La Ley Nacional N° 27.159, sancionada el 1 de julio de 2015 y reglamentada por el Decreto N° 402/2022, establece un Sistema de Prevención Integral de Eventos por Muerte Súbita en espacios públicos y privados de acceso público. Su objetivo principal es reducir la morbimortalidad súbita de origen cardiovascular mediante la instalación de Desfibriladores Externos Automáticos (DEA) y la capacitación de la población.
Los aspectos clave de la normativa incluyen:
- Instalación de DEA: Los espacios públicos y privados de acceso público deben instalar la cantidad de desfibriladores determinada por la autoridad de aplicación, asegurando su fácil acceso y señalización.
- Capacitación Obligatoria: Los titulares o responsables de estos espacios deben capacitar a todo su personal en el uso de DEA y maniobras de RCP básica, garantizando que siempre haya alguien disponible para asistir.
- Registro Nacional: Se creó el ReNaDEAs (Registro Nacional de Desfibriladores Externos Automáticos), administrado por el Ministerio de Salud, para registrar la ubicación, uso y mantenimiento de los dispositivos.
- Protección Legal: Las personas que intervengan en una emergencia siguiendo las disposiciones de la ley están exentas de responsabilidad civil, penal ni administrativa.
- Sanciones: El incumplimiento de la ley puede resultar en apercibimiento, publicación de la sanción o multas, ajustadas anualmente por el INDEC.
La autoridad de aplicación de esta ley es el Ministerio de Salud de la Nación, quien coordina su implementación con las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través del Consejo Federal de Salud (COFESA).

