CIRCULAR Nº 3/2025 - Rectorado
MENDOZA, 16 de abril de 2025.
Señor/a obligado/a
a realizar los exámenes médicos periódicos:
Nos dirigimos a usted con relación a los “EXÁMENES MÉDICOS PERIÓDICOS EN SALUD”, establecidos mediante Resolución N* 37/2010 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, conforme se tramita en Expediente 10598/2025.
Es importante recordar que es obligación del trabajador someterse a la realización de estos exámenes y su incumplimiento pasible de las sancionesestablecidas por las normas legales vigentes en la materia.
En ese mismo sentido, los exámenes periódicos tienen por objetivo la detección precoz de afecciones producidas por aquellos agentes de riesgos, a los cuales el trabajador se encuentre expuesto con motivo de sus tareas, con el fin de evitar el desarrollo de
enfermedades profesionales; es por ello que la falta de concurrencia a los mismos implicará que, en el caso de un accidente o enfermedad profesional, la Aseguradora desconocerá el mismo, por lo tanto, no estará obligada a proporcionar las prestaciones
correspondientes.
El Área de Personal de cada Unidad Académica será la responsable de indicar, a los agentes, la nómina del personal que corresponde que se someta a dicho examen médico en salud.
Esta nómina surge según el relevamiento de los agentes de riesgos realizados oportunamente por la Dirección de Higiene y Seguridad del Rectorado y conforme a los listados proporcionados por la aseguradora Asociart ART.
Asimismo, el Área de Personal de cada Unidad Académica deberá notificar en forma electrónica, individual y fehaciente al personal de su dependencia, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza N* 26/2020-C.S.
La Aseguradora o el prestador que realice el examen médico periódico, extenderá la respectiva “Certificación” que acreditará la concurrencia del trabajador al mismo. El trabajador luego deberá entregar esta “Certificación” al Área de Personal de su Unidad Académica, como constancia de su cumplimiento, y para su archivo en el legajo físico.
Los exámenes periódicos se efectuarán según el siguiente cronograma y en los lugares que se detallan a continuación:
- Comedor Universitario (Ala nueva), a partir del lunes CINCO (5) hasta el viernes
DIECISÉIS (16) de mayo de 2025, inclusive. En horario corrido de 8:00 a 18:00 horas. Al mismo, deberán concurrir las personas obligadas de las dependencias ubicadas en el Gran Mendoza (Facultades, Colegios, Escuelas, Institutos, etc.).
Indistintamente, el personal obligado perteneciente a estas dependencias podrá concurrir espontáneamente entre el día CINCO (5) y el TREINTA (30) de mayo de 2025 al Centro Médico de Asociart ART sito en calle 25 de mayo 1222 de Ciudad de Mendoza,
y según disponibilidad de este.
- Luján de Cuyo, San Rafael, Tunuyán, Rivadavia, General Alvear y Bariloche: los
días y los lugares serán informados oportunamente por el Área de Personal de cada
Unidad Académica.
Las Áreas de Personal de cada Unidad Académica serán los organismos competentes en esta Universidad para aclarar las dudas que se presenten, respecto al tema de esta Circular.
Sin otro particular, saludamos a usted con atenta consideración.