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COVID-19: se aprobó el Protocolo General de Higiene y Salud Laboral

Por resolución, se detallaron los lineamientos en materia de prevención para la labor en puestos de trabajo de la Universidad, la que procedimentalmente se encuentra sujeta a la homologación de la autoridad sanitaria local. Las Unidades Académicas, Institutos y Organismos podrán hacer sus adecuaciones. Ahora, se trabaja la propuesta de retorno a las actividades presenciales.

27 de julio de 2020, 14:14.

imagen COVID-19: se aprobó el Protocolo General de Higiene y Salud Laboral

Por resolución, el rector de la UNCUYO, Daniel Pizzi, aprobó el Protocolo General para la Prevención de COVID-19 en los puestos de trabajo de la Universidad, elaborado por la Dirección de Higiene y Salud Laboral dependiente de la Secretaría de Gestión Económica y de Servicios. El mismo, que consta de 17 hojas, fue examinado y evaluado  por el Comité Epidemiológico dependiente de la Facultad de Ciencias Médicas, que también hizo sus aportes al documento final. 

Además, desde el Rectorado se resolvió que las distintas Unidades Académicas, Institutos y Organismos desconcentrados o sedes podrán realizar las adecuaciones o sugerencias pertinentes para la aplicación del Protocolo, de acuerdo a características propias y peculiares. 

Ahora, las autoridades de la Casa de Estudios trabajan en la propuesta de retorno a las actividades presenciales, que sería en fases, de forma gradual, para que apruebe luego la Dirección de Higiene.   

Más especificaciones

Este Protocolo contempla el ámbito de aplicación de la norma y su ámbito de exclusión, las especificaciones referentes  a los síntomas de COVID-19 e, igualmente, su aplicación en consonancia con el Protocolo Marco y Lineamientos Generales para el Retorno a las Actividades Académicas Presenciales en las Universidades e Institutos Universitarios, del Ministerio de Educación de la Nación, en conjunto con el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y el Consejo de Rectores de Universidades Privadas (CRUP).

Según la resolución, se prevé tanto medidas preventivas generales como individuales, en especial, las que involucran procesos de higiene y desinfección en los ambientes de trabajo. Respecto de los agentes,  establece detalladamente los elementos de protección con los que deben contar, particularmente,  los detalles del denominado lavado doble y las indicaciones para el preparado del kit de desinfección húmedo.

Además, se regla con detalles el uso de los elementos de protección del personal y se especifican –con gráficos- la correcta colocación y retiro de los protectores respiratorios como de los guantes descartables. Cuenta con recomendaciones, también, para el desplazamiento hacia y desde el trabajo, previéndose las situaciones en las que se realice mediante vehículo oficial, particular o transporte público.

Este Protocolo contempla sugerencias de cartelería informativa y establece las recomendaciones de la Dirección General de Medicina del Trabajo para los momentos de convocatoria del personal administrativo o de servicios, para presentarse en sus lugares de trabajo.

Se establecen las excepciones a la eventual obligación de realizar tareas en áreas esenciales aquellos agentes que se encuadren en las situaciones o grupos de riesgos previstos en resoluciones previas.

Asimismo, este Protocolo incluye un formulario de declaración jurada de salud.

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